Luis Miguel Pazos Perez

miércoles, 9 de febrero de 2011

Elección de los EPI adecuados

Elección de los EPI adecuados

Los equipos de protección utilizados deberán proteger al trabajador frente al riesgo de contacto eléctrico, arco eléctrico, explosión o proyección de materiales. Para su correcta elección hay que tener en cuenta las características del trabajo y, en particular, la tensión de servicio. Los EPI se utilizarán, mantendrán y revisarán siguiendo las instrucciones de su fabricante.
El apartado 3.8 del Anexo II del Real Decreto 1407/1992 (Modificado por R.D. 159/1995) establece las exigencias esenciales para los EPI contra riesgos eléctricos, referidas a los siguientes aspectos:
  • Deben poseer un aislamiento adecuado a las tensiones a las que los usuarios tengan que exponerse en las condiciones más desfavorables predecibles.
  • Los materiales y demás componentes se elegirán de tal manera que la corriente de fuga, medida a través de la cubierta protectora, con tensiones similares a las que se puedan dar "in situ", sea lo más baja posible y siempre inferior a un valor convencional máximo admisible en correlación con un umbral de tolerancia.
  • Los tipos de EPI que vayan a utilizarse exclusivamente en trabajos o maniobras en instalaciones con tensión eléctrica o que puedan llegar a estar bajo tensión, llevarán una marca (al igual que en su cobertura protectora) que indique, especialmente, el tipo de protección y/o la tensión de utilización correspondiente, el número de lote y la fecha de fabricación, así como espacios previstos para las puestas en servicio o las pruebas y controles periódicos.
  • Los modelos de EPI destinados a proteger contra los riesgos eléctricos, para los trabajos realizados bajo tensiones peligrosas o los que se utilicen como aislantes de alta tensión se clasifican en la categoría III. El fabricante de este tipo de equipos ha de someterse a uno de los procedimientos de aseguramiento de la calidad de su producción descritos en el RD 1407/1992. El control de este procedimiento de aseguramiento será llevado a cabo por un organismo notificado por la Unión Europea para ello.

Además de la normativa legal, es fundamental que todos estos equipos cumplan la normativa técnica que les resulte de aplicación. La reglamentación es muy explícita al respecto, lo que constituye una garantía para el consumidor que adquiere EPI certificados. Los productos destinados a la protección de manos en riesgos eléctricos deben cumplir con las todas las normativas en vigor, ser certificados en categoría III y superar periódicamente los controles de calidad establecidos. Así, podemos afirmar que ofrecen una alta protección contra riesgos irreversibles

Normas técnicas aplicables a los EPI frente a riesgos eléctricos

  • Trabajos en Tensión. Guantes de material aislante: UNE-EN 60903:2005.
  • Calzado aislante de la electricidad para uso en instalaciones de baja tensión: UNE-EN 50321:2000.
  • Cascos eléctricamente aislantes para utilización en instalaciones de baja tensión: UNE-EN 50365:2003.
  • Ropa aislante de protección para trabajos en instalaciones de baja tensión: UNE-EN 50286:2000.
  • Ropa conductora para trabajos en tensión hasta 800 kV de tensión nominal en corriente alterna: UNE-EN 60895:1998.
  • Métodos de ensayo de arco eléctrico para los materiales y prendas de vestir utilizados por los trabajadores con riesgo de exposición a un arco eléctrico: UNECLC/ TS 50354:2004.

De entre las normas reseñadas conviene destacar las referidas a los guantes aislantes, dada su importancia y uso generalizado en los trabajos eléctricos.

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